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En 1991 se fundó en Madrid la Asociación de Padres Separados es por lo tanto la más antigua

La misma se constituyó como Asociación de carácter mixto, ya que está integrada por hombres y mujeres que tienen en común una ruptura familiar en contra de lo que piensa una gran mayoría muchas mujeres pierden la custodia de sus hijos y no tienen cabida en asociaciones feministas.

Los fundadores de la Asociación fueron hombres y mujeres, ante una ley de separación y divorcio que no era equitativa y que hoy por hoy no trata con igualdad a los hombres y a las mujeres.

La Asociación surgió en un momento en que el problema mayor al que se enfrentaban los hombres era que no podían ver a sus hijos y abonaban prácticamente la mitad de su salario a sus primeras familias (ex-esposa e hijos), en ese momento los socios fundadores ciudadanos de segunda clase ante la Justicia.

En 1991 se fundó en Madrid la Asociación de Padres Separados es por lo tanto la más antigua. La misma se constituyo como Asociación de carácter mixto, ya que está integrada por hombres y mujeres que tienen en común una ruptura familiar en contra de lo que piensa una gran mayoría muchas mujeres pierden la custodia de sus hijos y no tienen cabida en asociaciones feministas.

Los fundadores de la Asociación fueron hombres y mujeres, ante una ley de separación y divorcio que no era equitativa y que hoy por hoy no trata con igualdad a los hombres y a las mujeres.

La Asociación surgió en un momento en que el mayor problema al que se enfrentaban los hombres era que no podían ver a sus hijos y abonaban prácticamente la mitad de su salario a sus primeras familias (ex esposa e hijos), en ese momento los socios fundadores ciudadanos de segunda clase ante la Justicia.

Si bien se ha avanzado en el derecho de Familia por las sucesivas reformas de la ley y las custodias no se dan siempre a las mujeres. Ha habido otros avances como la posibilidad de proceder al Divorcio sin pasar por la Separación. O el derecho de visitas de los abuelos. O la custodia compartida en los casos de mutuo acuerdo.

Se esta considerando a los hombre culpables mientras no se demuestre lo contrario, realmente la Ley de Protección, que en algún caso extremo es justa, está desamparando completamente en muchos supuestos a los hombres vulnerando el derecho a contemplado en el 24.1y2 de nuestra carta magna . “Todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.”

De ahí que constituya una lucha por nuestra parte el derecho a que un Juez de Familia y no un Juez de lo Penal determine las medidas que deban regir las Separaciones y divorcios.

Y que en virtud del principio de minima intervención el derecho penal solo pueda intervenir el lo casos de maltrato reales en los que exista pruebas reales y que no le dejen dudas al juez. Y no simplemente con el testimonio de la victima. “Ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de las previas relaciones acusado-víctima que pongan de relieve un posible móvil espurio, de resentimiento, venganza o enemistad, que pueda enturbiar la sinceridad del testimonio, generando un estado de incertidumbre incompatible con la formación de una convicción inculpatoria asentada sobre bases firmes. Y aunque todo denunciante tiene por regla general interés en la condena del denunciado, no por ello se elimina en forma categórica el valor de sus afirmaciones (Sentencia de 11 de Mayo de 1994).

Mucho camino llevamos andado desde nuestra constitución y desde que se hablo por primera vez de el termino custodia compartida, en un medio de comunicación, pero aún nos falta mucho por hacer.

Parte de ese camino realizado lo hemos hecho informando a nuestros socios de sus Derechos.

Otros son los problemas que acucian a los Separados y Divorciados como son las denuncias falsas en los casos de Divorcio, con el fin de que los procedimientos de se lleven en Juzgados de Violencia Domestica. Y con el fin de que se suspenda el régimen de Visitas entre el padre y los hijos . Ya que la ley Medidas de protección contra la violencia de genero prevé la posibilidad de que se suspendan las visitas en ciertas circunstancias como que se presencie por parte de los menores episodios de violencia.

¡Nosotros sí que fuimos los primeros!

Inscrito en el Registro Nacional de Asociaciones el 05.02.1991 con el número 97523
Inscrito en el Registro de Patentes y Marcas como Marca Nacional con el número 2274496

Teléfonos de atención: 91 527 36 22 – 91 539 61 52 – 91 527 07 03

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