Nuestra asociación La primera asociación de carácter mixto
La historia de nuestra asociación se remonta a 1991. En un momento en que las leyes que regulaban las separaciones y los divorcios no eran equitativos, fundamos la Asociación de Padres Separados en Madrid, la primera asociación de carácter mixto, formada por hombres y mujeres con un problema común: la ruptura de su familia.
La asociación se fundó con criterios de verdadera igualdad, una igualdad a la hora de atender a los cuidados de la familia.
Los hombres y las mujeres son iguales ante la ley por nuestra Constitución, pero no existe aún esa igualdad en los Tribunales de Justicia. Hasta hace unos años era frecuente la situación en la que se encontraban hombres que no podían ver a sus hijos y que gastaban más de la mitad de su salario en su primera familia y, mujeres, que, en contra de lo que todo el mundo piensa, perdían la custodia de sus hijos y eran rechazadas por asociaciones feministas que contaban en la mayoría de los casos con la potestad de los hijos de las mujeres que las integraban. Personas que se consideraban ‘ciudadanos de segunda clase’ ante la Justicia.
Para suerte de muchos, a lo largo de los años, el Derecho de Familia ha avanzado bastante, con sucesivas reformas de la ley que han permitido que la custodia de los hijos no recaiga en las madres casi por norma. Sin embargo, no está todo solucionado, puesto que estos avances también conllevan problemas. Mientras la custodia compartida no tenga carácter de atribución preferente y que solo se prive de ella cuando realmente no sea conveniente para los hijos tras pruebas que lo demuestren en los Tribunales, la Asociación seguirá frente a ese desequilibrio que gravemente perjudica a los hijos, que se ven privados de su padre o de su madre.
Un régimen de visitas, por amplio que sea, no es suficiente para fomentar el vínculo parental y proteger a la familia. Se necesita una convivencia entre padres e hijos, un día a día para poder educarlos y no ser, como se ha venido siendo, visitantes de tus propios hijos. El padre o madre que no ha tenido la suerte de obtener una atribución de custodia compartida, se ha perdido los mejores años de la vida de su hijo: atenderle en sus enfermedades, hacer los deberes, contarle un cuento por las noches, tranquilizarle si tiene miedo, etc. Educarle para la vida en general. Los menores se merecen tener un padre y una madre.
El divorcio o la ruptura de la convivencia no puede hacer huérfanos de padre o madre, a los hijos que no tienen la suerte de tener esa custodia compartida.
Nuestro más alto Tribunal, el Tribunal Supremo, se está haciendo eco de esta necesidad y afortunadamente está imponiendo ese criterio en Juzgados de Familia, que no tenían esta sensibilidad. Pero por desgracia, aún en algunos Juzgados de la Comunidad de Madrid, pese a estar especializados en derecho de familia, solicitar una custodia compartida es una molestia para el Juez, que se permite rechazar las pruebas periciales por norma, causando una absoluta indefensión a las partes. Por luchar contra esa indefensión se caracteriza nuestra Asociación que a través de procedimientos jurídicos ha ido consiguiendo cada vez más custodias compartidas desde hace casi 30 años.
Mucho trabajo queda por hacer en los procedimientos de familia. Actualmente, uno de los problemas más graves en lo que respecta a los separados o divorciados de este país, son las denuncias falsas en casos de Violencia de Género, con el único fin por parte del progenitor contrario de conseguir la suspensión del régimen de visitas entre los padres e hijos.
En estos momentos la Ley de Protección está desamparando a muchos padres que son considerados culpables mientras no se demuestre lo contrario, vulnerando el derecho contemplado en el artículo 24.1 y 2 de nuestra carta magna, en el que se dice, claramente, que “Todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar a los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.”
Con esto queremos decir, que nuestra lucha consiste en conseguir que sea un Juez de Familia quien determine las medidas que deban regir las separaciones y divorcios y que el Derecho Penal sólo intervenga en los casos reales de maltrato, que no dejen ninguna duda y no únicamente por el testimonio de una posible víctima.
En nuestra Asociación no se tolera en modo alguno el maltrato a cualquiera de los miembros de la familia y contamos con abogados expertos en Derecho Penal especializados en este tipo de procedimientos en los que se están logrando muchas sentencias justas.
No solo somos expertos en procedimientos de custodia de menores sino en todos los procedimientos de familia, luchando también para que los procedimientos de liquidación del patrimonio común, que son procedimientos largos, costosos y mal constituidos procesalmente, dejen de serlo. Desde nuestra Asociación luchamos por cambiar esa ley que obliga a pagar contadores partidores con honorarios en muchos casos absolutamente abusivos. Los abogados de esta asociación son especialistas desde hace más de treinta años, solo en derecho de familia, en todas sus vertientes y gracias a ellos muchos socios han conseguido, defender sus derechos, su libertad y su honor.
Os esperamos, porque unidos conseguiremos que el procedimiento de divorcio otorgue los mismos derechos a los progenitores ya sean hombre o mujer.
FUERZA DE LOS SOCIOS
Cuantos más socios, más objetivos podemos conseguir para la igualdad de trato a todos los miembros de la familia.
Cuota trimestral de 50€ que da derecho a tres consultas con los abogados. O un pago de 150€ anual que da derecho a consultar durante todo el año en los horarios de consulta previa cita.
La historia de nuestra asociación se remonta a 1991. En un momento en que las leyes que regulaban las separaciones y los divorcios no eran equitativos, fundamos la Asociación de Padres Separados en Madrid. La primera asociación de carácter mixto, formada por hombres y mujeres con un problema común: la ruptura de su familia.
Hombres que no podían ver a sus hijos y que gastaban más de la mitad de su salario en su primera familia y, mujeres, que, en contra de lo que todo el mundo piensa, perdían la custodia de sus hijos y eran rechazadas por asociaciones feministas que contaban en la mayoría de los casos con la potestad de los hijos de las mujeres que las integraban. Personas que se consideraban ‘ciudadanos de segunda clase’ ante la Justicia.
Para suerte de muchos, a lo largo de los años, el Derecho de Familia ha avanzado bastante, con sucesivas reformas de la ley que han permitido que la custodia de los hijos no recaiga en las madres casi por norma. Sin embargo, no está todo solucionado, puesto que estos avances también conllevan problemas.
Actualmente, uno de los problemas más graves en lo que respecta a los separados o divorciados de este país, son las denuncias falsas en casos de Violencia de Género, con el único fin por parte del progenitor contrario de conseguir la suspensión del régimen de visitas entre los padres e hijos.
En estos momentos la Ley de Protección está desamparando a muchos padres que son considerados culpables mientras no se demuestre lo contrario, vulnerando el derecho contemplado en el artículo 24.1 y 2 de nuestra carta magna, en el que se dice, claramente, que “Todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar a los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.”
Con esto queremos decir, que nuestra lucha consiste en conseguir que sea un Juez de Familia quien determine las medidas que deban regir las Separaciones y Divorcios y no un Juez Penal, como se está haciendo en muchos casos. Y que el Derecho Penal sólo intervenga en los casos reales de maltrato, que no dejen ninguna duda y no únicamente por el testimonio de una posible víctima.
, tal y como lo afirma la Sentencia de 11 de Mayo de 1994, que dice, que la “Ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de las previas relaciones acusado-víctima que pongan de relieve un posible móvil espurio, de resentimiento, venganza o enemistad, que pueda enturbiar la sinceridad del testimonio, generando un estado de incertidumbre incompatible con la formación de una convicción inculpatoria asentada sobre bases firmes. Y aunque todo denunciante tiene por regla general interés en la condena del denunciado, no por ello se elimina en forma categórica el valor de sus afirmaciones”.
Mucho camino llevábamos andado, desde la aparición de nuestra Constitución, hasta que se habló por primera vez de la custodia compartida en un medio de comunicación, pero aún nos queda mucho por hacer y queremos seguir haciéndolo como lo hemos hecho todos estos años, informando siempre a nuestros socios de todos sus derechos.
Junto a todos vosotros conseguiremos lograrlo.
¡Nosotros sí que fuimos los primeros!
Inscrito en el Registro Nacional de Asociaciones el 05.02.1991 con el número 97523
Inscrito en el Registro de Patentes y Marcas como Marca Nacional con el número 2274496